1) Regulacion: La regulación económica resulta el más efectivo sistema de intervención especial por parte del Estado, en un contexto en el que los mercados se han liberalizado y los agentes privados cobran una inusitada importancia en la prestación de servicios públicos.
Las últimas décadas se han caracterizado por la liberalización de los mercados y la participación de los agentes privados en la prestación de servicios públicos, bien sea por la privatización de las empresas estatales encargadas de la prestación de estos servicios, o por la eliminación de los monopolios estatales. Esto, sin embargo, no ha implicado la desaparición de la intervención del Estado en la economía. Por el contrario, la participación de agentes privados en el desarrollo
de actividades que en el pasado se encontraban reservadas de manera exclusiva al Estado, exige la presencia activa de éste como garante de la adecuada prestación de tales servicios públicos.
No obstante, se trata de un tipo de intervención especial, que puede ser ejercida directamente por las autoridades estatales, o puede delegarse en entes públicos autónomos, y que se dirige de manera exclusiva a solucionar las fallas del mercado. Si las formas tradicionales de intervención
implicaban de suyo una negación de la economía de mercado, las formas actuales son una afirmación del mismo, en la medida que su objetivo es garantizar el funcionamiento de éste. En este contexto la regulación se convierte en el principal instrumento de la intervención moderna.
La regulación encuentra su origen y finalidad en las fallas de mercado. Su propósito principal es actuar allí donde existe competencia imperfecta, bien sea por que no existe suficiente oferta o demanda, o porque no hay suficiente información. En este sentido, los entes regulatorios independientes surgen como una condición para que la actividad reguladora tenga buenos resultados y estos se transfieran a los consumidores. De esta forma es común ver luego de procesos de privatización el establecimiento de este tipo de agencias, sin embargo, la experiencia ha sido muy diversa dependiendo del sector y país.
http://www.universia.net.co/index2.php?option=com_content&do_pdf=1&id=482
2) Las provisiones se definen como las apropiaciones efectuadas por el ente económico para cubrir contingencias, por pérdidas probables y por pasivos estimados, así como para disminuir el valor de los activos, cuando sea necesario de acuerdo con las normas técnicas. Las provisiones deben ser justificadas, cuantificables y confiables.
Provisión de honorarios
Provisión de comisiones
Provisión de servicios técnicos
Provisión de Obligaciones Laborales
Provisión de intereses
Provisión de contingencias
Provisión de garantías, entre otras
PROVISION SOBRE EL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO En virtud del artículo 115 del Estatuto Tributario, será deducible el 80 por ciento del impuesto de industria y comercio efectivamente pagado, existiendo así una diferencia entre el valor causado y no pagado a las administraciones distritales, por lo tanto constituirá diferencia temporal el 80 por ciento del impuesto causado y contabilizado por pagar, ya que será deducible en el período siguiente, es decir, en el que se efectúe el pago.
http://www.kpmg.com.co/publicaciones/consultorio/Cons_06/Jun_05_06.htm
3) Fiscalización: Es un proceso de vigilancia integral sobre las actividades de una organización fundamentado en el interés público, con funciones de emisión de dictámenes y atestaciones que constituyen base de la confianza pública. La fiscalización es un bien público.
CLASIFICACIÓN DE LA FISCALIZACIÓN: Fiscalización estatal: Protección del interés público y construcción de confianza ejecutada por organismos del Estado con el objetivo de proteger bienes públicos y recursos estatales • Fiscalización no estatal: llamada por muchos fiscalización privada, Protección del interés público y construcción de confianza realizada por entes o instituciones no estatales en la perspectiva de protección de recursos y bienes sociales.
FUNDAMENTOS DE FISCALIZACIÓN REGULATIVA: La hermenéutica como disciplina de interpretación y comprensión de los textos jurídicos, su esencia y relación, es el elemento fundamental de esta práctica social. Técnicas básicas: Clases de interpretación Métodos de interpretació.
http://www.actualicese.com/actualidad/2004/08/24/04075/
martes, 9 de septiembre de 2008
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